diciembre 27, 2010

La Secretaría de Comunicaciones y Transportes restringe circulación de camiones de carga para el periodo vacacional

A fin de implementar una estrategia de seguridad para el periodo vacacional de fin de año en la red carretera nacional, la Secretaria de Comunicaciones y Transportes (SCT), a través de la Dirección General de Autotransporte Federal, determinó restringir la circulación de algunos tipos de vehículos del autotransporte de carga en días y horarios determinados, lo anterior estará en funcionamiento desde el 21 de diciembre hasta el 10 de enero de 2011.

Ese organismo estableció en un comunicado que grúas industriales y equipos especiales para el transporte de maquinaria u objetos indivisibles de gran peso y/o volumen que cuenten con el permiso especial de la SCT, podrán transitar sólo de las 07:00 a las 18:00 horas durante el lapso vacacional, excepto los días 25, 26  y  27 de diciembre, así como el 1, 2, 3, 8, 9 y 10 de enero de 2011,  fechas  en que deberán suspender totalmente su circulación.

“Sólo las unidades que transporten productos básicos y energéticos podrán transitar sin restricción de horario durante este período vacacional,  siempre que cumplan con las medidas preventivas de seguridad que señala la NOM-068-SCT-2-2000, y el Reglamento para el Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, publicados en el Diario Oficial de la Federación, de fechas 24 de julio de 2000 y 7 de abril de 1993, respectivamente”, señaló la secretaría.

En tanto, los vehículos de carga de materiales y residuos peligrosos que no estén considerados en la norma y el reglamento antes citados, en configuraciones de tractocamión doblemente articuladas (full-tráiler, T-S-R y T-S-S), así como automóviles sin rodar, en camión-remolque (góndolas, madrinas y nodrizas), podrán transitar únicamente en autopistas de altas especificaciones, sin impedimento de horario.

Para aquellos que no cumplan con los establecido, la Policía Federal sancionará a los vehículos que detecte circulando en las carreteras federales; la SCT, por su parte, verificará el respeto a las mismas en los centros de Control de Peso y Dimensiones, con base en los reglamentos respectivos.